¿Cómo funciona?

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CÓMO FUNCIONA

Del primer contacto a la firma del contrato

1

Puesta en común

Inquilino y propietario contactan a través del Portal de Vivienda.

2

Visita

La propiedad enseña la vivienda a la persona interesada.

3

Estudio de solvencia

La aseguradora valora la solicitud del inquilino.

4

Contrato

El servicio prepara el contrato de arrendamiento.

5

Anexos

Se completan los anexos y la documentación.

6

Inventario

Inventario y reportaje fotográfico de la vivienda.

7

Firma

En nuestras oficinas o con firma electrónica.

VENTAJAS DEL SERVICIO

Qué ofrecemos a cada parte

fas fa-user

Para el inquilino

  • Asesoramiento jurídico sobre la Ley de Arrendamientos Urbanos.
  • Acceso a viviendas en alquiler: al inscribirse en el Portal de Vivienda recibe un código para contactar directamente con los propietarios.
  • Bolsa de viviendas privadas, vacías y en condiciones de habitabilidad.
  • Formalización del contrato con anexos, inventario y reportaje fotográfico.
  • Seguimiento de los derechos y obligaciones de ambas partes.
  • Mediación ante las incidencias que surjan durante el contrato.

REQUISITOS

  • Superar el estudio de solvencia de la aseguradora, necesario para la firma.
  • La renta no puede superar el 40 % de los ingresos, salvo que se aporte avalista.
  • No es necesario estar inscrito en el Registro de Demandantes de Canarias.
fas fa-house

Para el propietario

  • Selección de inquilinos solventes, con estudio de solvencia de la aseguradora.
  • Seguro de impago de rentas gratuito durante 3 años.
  • Formalización del contrato con anexos, inventario y reportaje fotográfico.
  • Consejo sobre el precio del alquiler según la zona y las características de la vivienda.
  • Asesoramiento jurídico y seguimiento de las obligaciones de ambas partes.
  • Publicación de la vivienda en el Portal por los técnicos del servicio.

QUÉ NECESITA

  • Contactar con el servicio por teléfono, e-mail o en nuestras oficinas.
  • Vivienda vacía y con los suministros dados de alta.
  • Nota simple de menos de 6 meses o fotocopia de las escrituras.